Además de las regalías o royalties también estaban las patentes, o despachos reales que oficialmente reconocían (hacían patente) algún derecho otorgado por el rey a un particular. Mucha fama adquirieron las denominadas Patentes de Corso, por las que un monarca concedía al propietario o armador de un navío el permiso de la autoridad regia para atacar barcos y poblaciones de naciones enemigas. De esta manera el rey hostigaba a sus enemigos sin tener que crear una costosa armada y se repartía con el corsario o pirata de turno, al que se le concedía la patente, el botín de sus correrías. Las patentes de corso no se abolieron oficialmente hasta 1.856. Y aun la constitución argentina, mantuvo hasta 1.994 una cláusula para conceder patentes de corso.
Para terminar con el origen de términos afines al mundo de la propiedad industrial, indicaremos que se acuñó la expresión copyright (literalmente en inglés, derecho de copia) en el siglo XVIII en Inglaterra. La primera cita documentada de dicha palabra es de 1.735, como el derecho de reproducción de una obra literaria concedido por su autor. Rápidamente fue imitado, poniéndose de moda, incluyéndose en cuanto libro se editaban, y se impuso el considerar dicho derecho como garantía de una copia legal y de calidad de la obra impresa.
Este concepto, el de reconocer derechos de autor para la reproducción literaria va unido a dos hechos muy importantes. Primero a la invención de la imprenta de caracteres móviles de Gutenberg, que permitió pasar de decenas o miles de copias de un libro a millones de copias del mismo; y al iusnaturalismo o reconocimiento de los derechos naturales del hombre de los siglos XVII y XVIII, que culminarían con la ilustración.
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