Ilustración 1: Patente no es sinónimo de litigio, pero la RAE debería incluirlo como tal.

A nivel de empresa, si no se explota comercialmente una idea, no vale de nada el tenerla. Y una patente es el reconocimiento de un derecho a impedir a terceros sin tu consentimiento (y el correspondiente pago de venta o licencia de tus derechos) la fabricación, la utilización o la introducción en el mercado de tu idea original. Paradójicamente las patentes son ofensivas y no defensivas, es decir, se utilizan más para atacar a terceros que para defenderte de ellos, usándolas como armas en los innumerables, costosísimos y prolongados litigios entre empresas (en los que se mueven cantidades astronómicas multimillonarias) o en estudios previos de bufetes y agencias de la propiedad industrial. El mundo de las patentes es el mundo de los litigios multimillonarios eternos.

Parecerá mentira, pero la inmensa mayoría de las patentes tienen propósitos espurios, como pueden ser para mejorar un curriculum vitae, por puro marketing, para despistar a la competencia sobre tus líneas de investigación patentando varios productos distintos, disuasoriamente para eliminar posible competencia o para proteger el producto obtenido del espionaje industrial.

Ilustración 2: Para patentar, lo primero es callar.

Por lo cual si se tiene una idea, antes de patentar hay que no publicar nada (ni siquiera en el propio blog, si la idea está publicada no es patentable y hay personas que viven profesionalmente, y muy bien pagadas, de buscar que en un blog de la polinesia francesa hace quince años fulanito, al que no recuerdan ya ni en el islote en que vivió, publicó la idea). Tampoco vender ningún aparato, artilugio o artefacto relacionado ni remotamente con lo que se quiera patentar, en el momento que una invención haya sido vendida, aunque haya sido por un céntimo de € ya no es patentable (y volvemos a lo de antes, hay quien vive muy bien buscando si en Carrascalejo el tío Liborio vendió al tío Triburcio tal artilugio relacionado con el invento; y así que una multinacional deje de pagar millones de euros durante veinte años por utilizar el invento). Y por último no impartir cursos, presentaciones, conferencias o similares sobre el asunto salvo estar protegidos por un acuerdo de confidencialidad previo bien blindado (la difusión pública de la ciencia de forma desinteresada es un deber científico; pero esto no es ciencia, esto es técnica y por tanto vendible y por tanto un negocio).

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